Father or Soldier?

Abstract – Being a father with a six-year old daughter or being an infantry private, this is the dilemma Marcos García Rodríguez has been facing since a new regulation was introduced a year ago. The Order DEF/253/201 regulates holiday arrangements, permits, and reduction of working hours in the armed forces in a new way.

Before the regulation entered into force, Marcos was able to combine his family life and his professional duties much better. His working hours had been reduced since December 2014 and allowed him to take care of his daughter.

The original text is available hereunder and on the website of ATME. For further information please contact ATME.

 

Marcos: “Yo lo tengo claro, prevalece la custodia de mi hija menor a la prestación de un servicio”

El soldado, de baja desde marzo, tiene abierto dos expedientes administrativos; uno por la baja médica y otro por la reducción de jornada de su hija.

Marcos García Rodríguez se encuentra en una situación límite. De baja médica por estrés desde el 16 de marzo de 2015, este soldado de infantería ligera de La Rioja tiene abierto dos expedientes. Uno por pérdida de aptitud psicofísica a consecuencia de la baja de estrés motivada por la imposibilidad de conciliar la vida parental y profesional y el otro, por la reducción de jornada solicitada y concedida por la custodia de una menor de 12 años y que, ante la entrada en vigor de la nueva norma de reducción de jornada en febrero de 2015, le fue revocada y modificada en gran medida.

Con este panorama por delante, Marcos se ha puesto en contacto con ATME (Asociación de Tropa y Marinería Española) para dar a conocer su caso y ayudar, en lo que pueda, a otros compañeros que se encuentren en su misma situación.

-Marcos, cuéntanos cómo te ha afectado la nueva Orden DEF/253/2015, de 9 de febrero, por la que se regula el régimen de vacaciones, permisos, reducciones de jornada y licencias de los miembros de las Fuerzas Armadas.

Pues muy mal. Yo tenía concedida la reducción de jornada por el cuidado de mi hija y la consiguiente liberación de guardias y otros servicios desde diciembre de 2014 pero con la entrada de la nueva norma en febrero me fue modificada. Se supone que dicha norma concede un plazo de seis meses de adaptación pero en mi caso no se cumplió. A los pocos días de salir la norma me comunican un viernes a las 12 de la mañana que entraba a prestar servicio y que ese mismo sábado me tocaba guardia. Yo expuse que ese mismo viernes a las 18:00 recogía a mi hija por lo que no tenía con quién dejarla. La contestación del Capitán de la CIA fue: “pues contratas a alguien para que la cuide”. Este hecho me originó una ansiedad tan grande que tuve que ir al médico quien me dio la baja por estrés. Además me enteré que si no me hubiera presentado me habrían arrestado con falta grave. Pero claro, por otro lado, la madre de mi hija me amenazaba con que si no me hacía cargo de la niña me denunciaba también. El tema es qué prevalece primero la guarda y custodia de tu hijo o un servicio. Yo lo tengo claro, y por eso estoy de baja.

– Además eres padre divorciado y claro la reducción de jornada también supone una reducción de salario..al final estas cosas afectan en lo personal mucho más de lo que puede parecer, ¿no es así?

Así es, ya que aparte de reducirte el sueldo por la reducción de jornada (cobro 855euros), queda el apartado de la manutención de mi hija (a la que doy 200e), alquiler de la casa y demás…no sé ni cómo llegar a final de mes. Y si a todo esto te encuentras que un mes te quitan la parte por estar de baja médica y nadie te comunica dicha acción…¡imagínate!

– Lo de la conciliación entre la vida laboral y familiar parece cada día está más lejos y más en una profesión que la inmensa mayoría ejercéis por devoción a este país y al ejército. ¿Qué sentimientos te producen estas injusticias? Me parece que en lugar de avanzar con la conciliación familiar, vamos para atrás. Tengo un poco de envidia hacia el resto de funcionarios que sí tienen el derecho a la reducción de jornada. Me he enterado que con otros funcionarios: Bomberos, Policía, Guardia Civil, Médicos, etc….. La oficina de personal o seguridad a la hora de nombrar el servicio de guardias facilitan a los padres separados el cambio de turnos o servicios. Dentro del Ejército no se puede realizar porque perjudicas a una tercera persona. Así mismo cuando en una base pequeña de 96 Soldados, entran 11 de guardia, ya te puedes imaginar lo difícil que es el cambio del servicio.

-Dada la situación que atraviesas en estos momentos…¿te has llegado a plantear abandonar el ejército y buscar trabajo en otro lado?

Sí muchas veces, pienso en tirar la toalla, ya que no pueden jugar con la guarda y custodia de mi hija. Yo soy soldado desde hace más de doce años pero mi sueldo no me da para pagar a una chica que cuide de mi hija durante el servicio o maniobras. Toda mi familia la tengo a 450km de donde resido. ¿Qué hago si mañana por circunstancias de la vida estoy con mi hija y me llaman que tengo que entrar de servicio porque un compañero se ha puesto enfermo? ¿Dónde la dejo, con quién la dejo si su madre vive a 100km de donde yo estoy? Que alguien me lo explique, porque yo por más vueltas que le doy no encuentro explicación.

-¿Qué pasos te quedan por dar ahora?

Que se resuelvan los dos contenciosos que tengo abiertos y que un juez me diga qué prevalece primero, si los derechos de una menor (mi hija) o la prestación de un servicio. Creo que la ley me ampara pero veremos qué sucede…

-¿Qué buscas o qué te gustaría conseguir con esta entrevista para ATME?

Busco que conozcan mi caso, y que compañeros que están en la misma situación que yo, nos podamos reunir para realizar alguna propuesta y desde la Asociación puedan elevarla donde vean oportuno. Hay que conseguir que esta situación mejore.

 

 

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